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LA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL MUSAAT TIENE COMO OBJETO GARANTIZAR EL PAGO DE DOS HECHOS:

 

A) Las reclamaciones económicas a que den lugar las reclamaciones de responsabilidad civil efectuadas por terceros ajenos a las Administraciones donde prestamos servicio, por estas o por las entidades de ellas dependientes, por daños patrimoniales primarios, DEFINIDOS COMO MENOSCABOS O PERJUCIOS ECONÓMICOS, causados a estos posibles reclamantes y que no sean consecuencia de un previo daño material o corporal.

 

Estos daños patrimoniales primarios deben ser consecuencia de errores u omisiones del asegurado o cometidos por personas que tengan atribuidas por delegación del propio habilitado o de la Corporación alguna de las competencias del mismo de las que sea civilmente responsable con arreglo a las leyes vigentes en España por haber actuado con culpa o porque de su actuación pudiera deducirse responsabilidad contable, exclusivamente con ocasión o en el ejercicio de la función de secretaría, intervención y tesorería.

 

B) las reclamaciones por daños materiales, pérdida o extravío que puedan sufrir los expedientes o documentos que se encuentren en poder del asegurado para el desarrollo de la función encomendada, salvo lo referente a efectivo o signos pecuniarios en general.

 

 

La cantidad asegurada es hasta el momento de hasta 600.000 euros con una franquicia de 300 euros. No obstante, la compañía ha aceptado para 2011 en adelante una ampliación potestativa para cada asegurado de hasta 900.000 euros o hasta 1.200.000 euros. El monto total anual asegurado para todos los posibles siniestros de la póliza es de 3.600.000 euros.

 

C) La prestación del seguro se extiende, dentro de los límites de la cantidad asegurada, a:

 

* La defensa personal por los Abogados y Procuradores designados por la Compañía en los procedimientos judiciales de cualquier índole que se les siguieran, incluso en los procedimientos criminales aún después de liquidadas las responsabilidades civiles.

* La constitución de las fianzas judiciales exigidas a los Asegurados para garantizar su responsabilidad civil como consecuencia de reclamaciones cubiertas por esta Póliza. Las fianzas se constituirán tanto cuando se exijan para asegurar la libertad provisional de las personas aseguradas, como cuando se exijan como garantía de responsabilidades pecuniarias.

* El pago de todos los gastos judiciales que, sin constituir sanción personal, sobrevinieran a consecuencia de cualquier procedimiento judicial que se les siguiera.

* Reclamaciones infundadas: se acuerda expresamente que para las reclamaciones derivadas de delitos dolosos excluidos, relacionados con la profesión asegurada, cuando no se apreciara por el Juez Instructor la responsabilidad del Asegurado, también quedarán cubiertos los gastos de defensa de Letrado y Procurador.

 

D) En el año 2012 se mantiene la posibilidad de aumentar la cantidad asegurada, se han introducido dos mejoras en la póliza, una de aplicación general para los ya asegurados y todas las nuevas altas y otra de suscripción optativa además de la posibilidad de aumentar la cantidad asegurada antes citada.

 

1.- La general resulta de la adición a la cobertura bajo el concepto de reclamación infundada de los gastos de defensa para las reclamaciones relativas a expedientes disciplinarios relacionados con la profesión asegurada  incoados frente al asegurado por la Administración Pública estatal, autonómica o local en el marco de un procedimiento sancionador aun no existiendo daños patrimoniales primarios, SIEMPRE Y CUANDO quede constatada su no responsabilidad por el órgano administrativo o judicial competente o el procedimiento administrativo sea declarado nulo por el órgano judicial competente.

2.- La optativa consiste en una garantía adicional para el caso de inhabilitación profesional del asegurado para el ejercicio de la actividad profesional asegurada debida a cualquier sentencia judicial firme dictada por los Tribunales españoles o resolución de la Administración Pública estatal, autonómica o local adoptada en el marco de un procedimiento sancionador, como consecuencia de una reclamación amparada bajo el objeto del seguro. En tal caso el asegurador pagará al asegurado una indemnización mensual de hasta 3.000 euros mientras dure la inhabilitación para la práctica profesional, a contar desde su fecha de efecto y hasta un período máximo de 12 meses. Dicha suma asegurada es adicional al límite máximo de indemnización del asegurador para el conjunto de las demás prestaciones de la póliza.

E) El importe de la primas del seguro para el año 2012 se indica a continuación. Las primas se prorratean por trimestres en función de la fecha de alta. Atendiendo a las posibles sumas aseguradas con inclusión o exclusión de la garantía de inhabilitación para la práctica profesional los importes son los siguientes:

 

1) 600.000,00 € por Asegurado, Siniestro y Año

Excluida garantía de Inhabilitación para la práctica profesional:

 

 

Alta de 01.01.12 a 31.03.2012: Prima neta 149,10 €. Prima total 158,28 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.04.12 a 30.06.2012: Prima neta 111,83 €. Prima total 118,70 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.07.12 a 30.09.2012: Prima neta 74,55 €. Prima total 79,13 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.10.12 a 31.12.2012: Prima neta 37,28 €. Prima total 39,57 € (impuestos incluidos).

 

Incluida garantía opcional de Inhabilitación para la práctica profesional:

Alta de 01.01.12 a 31.03.2012: Prima neta 185,85 €. Prima total 197,28 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.04.12 a 30.06.2012: Prima neta 139,39 €. Prima total 147,96 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.07.12 a 30.09.2012: Prima neta 92,93 €. Prima total 98,64 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.10.12 a 31.12.2012: Prima neta 46,46 €. Prima total 49,32 € (impuestos incluidos).

 

 

2) 900.000,00 € por Asegurado, Siniestro y Año

Excluida garantía de Inhabilitación para la práctica profesional:

 

Alta de 01.01.12 a 31.03.2012: Prima neta 225,75 €. Prima total 239,64 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.04.12 a 30.06.2012: Prima neta 169,31 €. Prima total 179,73 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.07.12 a 30.09.2012: Prima neta 112,88 €. Prima total 119,82 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.10.12 a 31.12.2012: Prima neta 56,44 €. Prima total 59,91 € (impuestos incluidos).

 

Incluida garantía opcional de Inhabilitación para la práctica profesional:

Alta de 01.01.12 a 31.03.2012: Prima neta 262,50 €. Prima total 278,65 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.04.12 a 30.06.2012: Prima neta 196,88 €. Prima total 208,98 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.07.12 a 30.09.2012: Prima neta 131,25 €. Prima total 139,32 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.10.12 a 31.12.2012: Prima neta 65,63 €. Prima total 69,66 € (impuestos incluidos).

 

 

3) 1.200.000,00 € por Asegurado, Siniestro y Año.

Excluida garantía de Inhabilitación para la práctica profesional:

 

Alta de 01.01.12 a 31.03.2012: Prima neta 298,20 €. Prima total 316,54 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.04.12 a 30.06.2012: Prima neta 223,65 €. Prima total 237,40 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.07.12 a 30.09.2012: Prima neta 149,10 €. Prima total 158,27 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.10.12 a 31.12.2012: Prima neta 74,55 €. Prima total 79,13 € (impuestos incluidos).

 

Incluida garantía opcional de Inhabilitación para la práctica profesional:

Alta de 01.01.12 a 31.03.2012: Prima neta 334,95 €. Prima total 355,55 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.04.12 a 30.06.2012: Prima neta 251,21 €. Prima total 266,66 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.07.12 a 30.09.2012: Prima neta 167,48 €. Prima total 177,77 € (impuestos incluidos).

Alta de 01.10.12 a 31.12.2012: Prima neta 83,74 €. Prima total 88,89 € (impuestos incluidos).

 

 

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