
Los próximos días 14, 15 y 16 de mayo celebraremos en Valladolid el Congreso de COSITAL, bajo el lema,
“Habilitación Nacional, Cohesión Territorial y Servicio Público”.
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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Partido Popular contra el traspaso de competencias a Cataluña en materia de habilitados nacionales.
Esta admisión refuerza las dudas sobre una norma aprobada sin la imprescindible concurrencia de urgente y extraordinaria necesidad, y que podría vulnerar principios esenciales del orden constitucional, como los artículos 149.1.18, 150.2 y 9.3 de la Constitución Española.
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En Madrid, a 23 de marzo. El sábado, 21 de marzo celebramos a Asamblea General Ordinaria 2026.
Durante la sesión se abordaron, entre otros asuntos:
* Aprobación del acta anterior
* Memoria anual 2025
* Cuentas y liquidación del presupuesto 2025
* Informes de la Presidencia y Comisión Ejecutiva
* Ruegos y preguntas
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Publicadas hoy en el BOE tres órdenes de nombramiento de personal funcionario de carrera de la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal.
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El BOE de hoy, día 17 de febrero, publica, poner nombre de la resolución de 13 de febrero de 2026, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se resuelve el concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional. Ver aquí. |
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En Madrid, a 17 de enero de 2026
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid mediante Sentencia nº. 1833/2025, estima el recurso contencioso interpuesto por COSITAL en defensa de los derechos de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
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La Comisión Ejecutiva en su sesión ordinaria celebrada con fecha 26 de julio de 2014 ha declarado extinguido el Fondo sobre Afianzamiento Colectivo de los Depositarios de Administración Local, arbitrando las garantías necesarias para que todos aquellos Tesoreros o Depositarios depositantes de fianzas en el mismo e interesados en su devolución y cuyo derecho no haya prescrito, soliciten dicha devolución si así lo estiman oportuno.
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