Noticias y Actualidad IMPORTANTE VICTORIA JUDICIAL PARA COSITAL: EL TSJ DE MADRID ANULA LAS EXCLUSIONES EN EL CONCURSO UNITARIO Y RESPALDA EL DERECHO A LA MOVILIDAD DE LOS HABILITADOS NACIONALES

IMPORTANTE VICTORIA JUDICIAL PARA COSITAL: EL TSJ DE MADRID ANULA LAS EXCLUSIONES EN EL CONCURSO UNITARIO Y RESPALDA EL DERECHO A LA MOVILIDAD DE LOS HABILITADOS NACIONALES

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En Madrid, a 17 de enero de 2026

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid mediante Sentencia nº. 1833/2025, estima el recurso contencioso interpuesto por COSITAL en defensa de los derechos de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

 

La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado íntegramente el recurso interpuesto por COSITAL contra la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 30 de agosto de 2023, anulando las exclusiones que impedían a los habilitados nacionales que habían accedido a la categoría superior concursar a puestos de categoría de entrada.

El origen del conflicto: las exclusiones impugnadas.

La Dirección General de la Función Pública, en la resolución del último concurso unitario, había establecido dos exclusiones principales que afectaban gravemente a nuestro colectivo:

1. Exclusión total: Se excluía del concurso a aquellos funcionarios que, habiendo accedido a la categoría superior, concursaban exclusivamente a puestos de categoría de entrada.

2. Exclusión parcial: Se excluía la participación en los puestos de categoría de entrada a aquellos funcionarios que, habiendo accedido a categoría superior, solicitaban tanto puestos de esta como de categoría de entrada.

COSITAL recurrió esta decisión al considerar que vulneraba principios fundamentales como la confianza legítima, la seguridad jurídica y, especialmente, el derecho a la movilidad y a la carrera profesional de los habilitados nacionales.

Los argumentos clave de la Sentencia a favor del colectivo

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid acoge plenamente los argumentos defendidos por COSITAL y basa su fallo en una interpretación clara de la normativa, estableciendo los siguientes puntos clave:

*La categoría de entrada no se pierde hasta la toma de posesión: La sentencia reitera una doctrina ya consolidada: el acceso a la categoría superior mediante la superación de las pruebas selectivas no implica la pérdida automática de la categoría de entrada. Esta solo se pierde con la toma de posesión efectiva de un puesto de trabajo reservado a la categoría superior.

*Derecho a la movilidad en servicio activo: Mientras un funcionario no tome posesión de un puesto de categoría superior, permanece en "situación de servicio activo en la categoría de entrada". Como tal, ostenta todos los derechos inherentes a su condición, incluido el fundamental derecho a la movilidad para concursar a otros puestos de esa misma categoría de entrada.

*No se puede perjudicar a quien promociona: El Tribunal considera que la interpretación de la Administración colocaba a los funcionarios que han aprobado la promoción a categoría superior en una situación peor que la de aquellos que no lo han hecho, cercenando injustificadamente su derecho a la carrera profesional.

*Un criterio administrativo previamente rechazado: La sentencia destaca un hecho de gran relevancia: durante la tramitación del actual Reglamento (RFALHCN), el Consejo de Estado se opuso a una prohibición similar a la que la Administración pretendía aplicar, lo que llevó a su supresión del texto definitivo. Por tanto, la Administración intentaba aplicar una restricción que fue explícitamente descartada durante el proceso normativo.

Consecuencias del fallo

La sentencia es contundente:

1. Anula las exclusiones: Se anulan los puntos 1º y 2º del apartado primero de la resolución impugnada, que materializaban las exclusiones.

2. Respalda el derecho a concursar: Se reconoce el derecho de los funcionarios que han accedido a categoría superior, pero que siguen ocupando un puesto de entrada, a concursar a otros puestos de categoría de entrada sin restricciones.

3. Condena en costas a la Administración: La Administración demandada ha sido condenada al pago de las costas procesales.

Esta sentencia representa un respaldo fundamental a los derechos de los habilitados nacionales y al trabajo que COSITAL realiza en su defensa, garantizando la seguridad jurídica y el desarrollo de la carrera profesional de todo el colectivo.

 

Adjunto

 

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