En el Diario de las Cortes del 4 de marzo, se han publicado las enmiendas al proyecto de Ley de Función Pública de la Administración del Estado.
Entre ellas, destaca la presentada por Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), en la que se propone que la regulación de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional en Cataluña se ajuste a la normativa autonómica.
En este sentido, la enmienda plantea que Cataluña asuma competencias sobre múltiples aspectos relacionados con los Habilitados Nacionales, incluyendo:
- Creación, clasificación y supresión de puestos reservados.
- Facultad de selección y aprobación de la oferta pública de empleo para cubrir plazas vacantes.
- Convocatoria exclusiva de procesos de selección y provisión dentro de su territorio.
- Nombramiento del personal funcionario en los procesos de selección.
- Asignación del primer destino y regulación de situaciones administrativas.
Asimismo, ha presentado una enmienda al Real Decreto 128/2018, que regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
La enmienda afecta a aspectos clave:
- Exención de puestos en pequeños municipios
El artículo 10 se modifica para permitir que municipios de menos de 500 habitantes y con presupuesto inferior a 500.000 euros puedan quedar exentos de mantener un puesto de Secretaría si no pueden agruparse con otros. En su lugar, las funciones serán asumidas por los Servicios de Asistencia de Diputaciones, Cabildos o Consejos Insulares.
- Agrupación de funciones de Intervención y Tesorería
El artículo 14 se modifica para permitir que en las corporaciones locales cuya Secretaría esté clasificada en segunda clase, las funciones de Intervención y Tesorería puedan agruparse en un único puesto de trabajo.
- Cambios en los concursos de provisión de puestos
El artículo 37 establece que las convocatorias anuales de concurso ordinario serán aprobadas por los presidentes de las corporaciones locales con puestos vacantes y remitidas a la Comunidad Autónoma correspondiente para su publicación conjunta. Además, la Comunidad Autónoma enviará las convocatorias al Ministerio de Hacienda y Función Pública, que publicará un extracto en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
- Reformas en los nombramientos accidentales
El artículo 52 introduce cambios en los nombramientos accidentales, permitiendo a las corporaciones locales solicitar a las Comunidades Autónomas la designación de un funcionario propio o autonómico para ocupar temporalmente un puesto vacante.
Junts per Catalunya, también, ha pedido el traspaso de competencias en idéntico sentido.
Reacciones y debate
Si esta propuesta de modificación prosperara afectaría a la estructura administrativa local, y podría generar un debate sobre la descentralización del régimen jurídico de los Habilitados Nacionales.
El Consejo General de COSITAL, organización con mayor implantación a nivel nacional, ha manifestado —en diversas ocasiones— su preocupación ante posibles reformas que fragmenten el régimen jurídico de los Habilitados Nacionales, afectando a la igualdad de acceso, la imparcialidad y la transparencia en el control de la gestión municipal.
La tramitación parlamentaria de la Ley de Función Pública continuará en las próximas semanas, por lo que habrá que estar atentos a la evolución de estas enmiendas y su impacto en el modelo de gestión de las entidades locales